(Artículo 13.1
de nuestra Constitución,
Los
extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente
título en los términos que establezcan los tratados y la ley6.
(6)Véase la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de
enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, modificada por
la Ley Orgánica 8/ 2000, de 22 de diciembre.
Consulta todos los artículos aquí
Consulta todos los artículos aquí
Comentarios